Estimadas/os compañeras/os;
Como ya os comunicamos en nuestra nota
de 25 de febrero, la modificación del convenio realizada por la Dirección de la
ONCE y el sindicato UGT(UTO) el pasado 19 de febrero, ha sido el último atraco
a las remuneraciones de los trabajadores.
En las reuniones que se han convocado por
parte de la dirección, que no entendemos, porqué, una modificación del convenio
lo explica la parte empresarial, en vez, de la parte social firmante, es otro
de los enigmas de este misterio, con el agravante además, de meter en medio a
los gestores comerciales, que no es que no tengan nada que ver en este asunto,
sino que explicar este tipo de cuestiones no entra en sus competencias, mucho
menos con un guión preestablecido de la Dirección donde han tenido que decir lo
que otros no se atrevían, en fin como siempre en esta casa unos hacen el mal y
a otros obligan para que les pongan la cara roja, por la desvergüenza de los
firmantes.
En estas reuniones a las que hemos asistido,
nos han dicho de todo al poner en duda las explicaciones que estábamos
escuchando y que no se ceñían a lo pactado. Hemos tenido que escuchar que
estábamos escandalizando, aprovechando el momento para hacer sindicalismo, que
solo queríamos nuestro tiempo de gloria, que no sabíamos lo que decíamos cuando
manifestábamos que íbamos a perder dinero, todo ello teniendo en la mano la
sentencia que obliga a las empresas a pagar las comisiones a los trabajadores
en periodo vacacional y no a que las vacaciones las paguemos los trabajadores
de nuestro bolsillo como va a ser el caso. Todo ello teniendo el texto del
convenio en la mano y escuchando lo contrario de lo que se había rubricado en
la modificación de las retribuciones de las comisiones, apelando por parte de los responsables de la Dirección a que tenía que salir la
normativa de desarrollo, porque el sindicato firmante ni estaba, ni lo esperábamos,
cuando uno sabe que ha hecho mal lo primero que hace es esconderse y de
esconderse sabe y mucho el pseudosindicato UTO-UGT, pues ya tenemos aquí la
normativa de desarrollo, la circular 6/2015 y el contenido de la misma empeora
más si cabe, el panorama que nosotros esperábamos, por lo que CSI·F
ONCE, ni escandalizaba, ni mentía, ni quería gloria de ninguna clase,
nuestro cometido era informar e informar bien. Puesto que los trabajadores
tenemos derecho a conocer las modificaciones del convenio, de nuestras
retribuciones, a que se cumpla la Ley, y sobre todo a que no nos engañen, que
es lo que han pretendido, ENGAÑARNOS.
Desde CSI·F ONCE estamos en contra de
sacar estas percepciones del cálculo anual de comisiones, puesto que como hemos
manifestado la sentencia de mayo de 2014, no discrimina ningún tipo de
comisión, siempre habla de media de comisión que perciba el trabajador en
computo anual, por lo que la exclusión de estos productos afectara de forma
negativa a las retribuciones por vacaciones que tenga que percibir, en su caso,
el personal vendedor.
Ventas anticipadas; Con carácter excepcional, cuando en un mes se
imputen ventas y el vendedor no tenga en el mes jornadas efectivas, dichas
ventas se acumularán, a efectos del cobro de comisiones, a las ventas reales
del mes siguiente o, en su caso, del primer mes posterior en que el vendedor
tenga jornadas efectivas. En el caso de que en el año natural el vendedor no
tuviera ningún otro mes con jornadas efectivas, dicha venta se acumularía al
cálculo anual de comisiones, o en su caso a la liquidación por finiquito, y no
se pasaría al año siguiente.
Para la retribución de percepciones por vacaciones, se tendrán
en cuenta las jornadas teóricas de trabajo que según el tipo de vendedor tengas
asignadas,
exceptuando de estas jornadas, las vacaciones, los descansos y los festivos que
son obligatorios y no pueden entrar en el cálculo, como ya manifestamos desde CSIF
ONCE y en contra de lo que se expresaba en las reuniones, exceptuando a
los trabajadores/as que no hayan realizado jornadas superiores a tres meses,
que se les realizara el cálculo en relación a los días efectivos de trabajo en
los 12 meses anteriores de esos tres meses trabajados. Esta cuestión se la han
sacado de la chistera puesto que este supuesto no estaba en la negociación del
pdo. 19 de febrero.
La percepción por retribución en concepto de vacaciones también
llevara la consiguiente retención del 10% de la cantidad a percibir, como también manifestamos
desde CSI·F ONCE y desmintieron algunos. Así como también
manifestamos que obviamente seria de juzgado que nos hicieran devolver dinero
de lo “anticipado” en vacaciones, QUE NUNCA ES UN PAGO DE MÁS, como
nos han hecho creer los firmantes. Y en caso de que la suma de pagos mensuales
a cuenta realizados durante el año fuera mayor que la comisión anual no se
realizara ninguna liquidación, por lo que como manifestamos, la diferencia
entre lo pagado y retenido al trabajador no se le devolverá, por lo que; LA
BANCA GANA.
A
todo este despropósito de la nueva retribución por comisiones hay que añadir
que; como mensualmente y ya está acreditado por la nomina de Abril primera en
la que se nos ha realizado el descuento del 10% sobre las comisiones por venta,
esto
afectará también de forma negativa en las percepciones por baja, ya que
como no se recoge esta cantidad en la hoja de salarios, nuestra base de cotización será menor a la
real, y por consiguiente nuestra retribución por día de baja será inferior a lo
que nos hubiera correspondido hasta el 31 de marzo de 2015, y será otro descuento
camuflado y dinero retenido, como mínimo hasta que en enero de cada año nos
realicen la consiguiente regularización de cotizaciones y la cual deberá llevar
aparejada una compensación a favor del trabajador por día de baja que haya
tenido en el año anterior, si fuese el caso, por lo que se convierte en otra
perdida mas de poder adquisitivo, todo ello si se realiza esta compensación,
que está por ver que así sea de forma automática, pues de lo contrario los
trabajadores que se encuentren de baja en un determinado periodo cada año
deberán reclamar estas cantidades de forma personal, lo que constituye otro
obstáculo para los trabajadores de la ONCE.
Para
concluir; Desde CSI·F ONCE estamos totalmente en desacuerdo con las nuevas
condiciones que regulan las comisiones de venta firmadas el pasado 19 de
febrero, por la Dirección de la ONCE y UTO-UGT, ya que estas nuevas condiciones
perjudican claramente los intereses de los trabajadores afectados.
Empobrecen
a los trabajadores en todos sus términos, ya que no se ajusta al espíritu de la
sentencia de beneficiar a las personas afectadas y mejorar sus retribuciones
económicas.
La
normativa emitida al efecto la Circular 6/2015, Normativa sobre retribuciones de
los trabajadores y trabajadoras. Establece condiciones que no están
establecidas dentro de lo pactado por la Dirección de la ONCE y el sindicato
firmante, lo que constituye una clara vulneración del convenio por parte de la
ONCE, puesto que una norma de régimen interno no puede contravenir lo
establecido en el convenio colectivo, que es una norma de rango superior.
La retención del 10% de las comisiones por ventas deben estar
claramente establecidas en la hoja de salarios y no sacarlas de ella, ya que este hecho perjudicará seriamente a los trabajadores/as que por cualquier incidencia deban permanecer
en situación de baja, sea cual sea la contingencia de esta.
Para finalizar, el contenido de la circular nos da la razón a
CSI·F ONCE en cuanto a la información que hemos facilitado a los trabajadores/as y pone muy en cuestión, tanto
la información expuesta desde la Dirección de los centros en las reuniones,
exceptuando a los Gestores comerciales que han sido los conejillos de india de
este experimento, y se han limitado a dar lectura a un panfleto preparado por
la ONCE. Y la de UTO-UGT.
Que este nuevo acuerdo es un atentado contra los derechos de los
trabajadores/as Vendedores/as.
Y sobre todo que UTO-UGT no ha defendido, ni defiende a nadie, solo plantea y rubrica, lo
que le viene ordenado sin importarles absolutamente nada los trabajadores/as a
los que supuestamente representan.
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