lunes, 25 de mayo de 2015

ÚLTIMO ATRACO A LAS NOMINAS DE LOS VENDEDORAS/ES

Estimadas/os compañeras/os;

Como ya os comunicamos en nuestra nota de 25 de febrero, la modificación del convenio realizada por la Dirección de la ONCE y el sindicato UGT(UTO) el pasado 19 de febrero, ha sido el último atraco a las remuneraciones de los trabajadores.
En las reuniones que se han convocado por parte de la dirección, que no entendemos, porqué, una modificación del convenio lo explica la parte empresarial, en vez, de la parte social firmante, es otro de los enigmas de este misterio, con el agravante además, de meter en medio a los gestores comerciales, que no es que no tengan nada que ver en este asunto, sino que explicar este tipo de cuestiones no entra en sus competencias, mucho menos con un guión preestablecido de la Dirección donde han tenido que decir lo que otros no se atrevían, en fin como siempre en esta casa unos hacen el mal y a otros obligan para que les pongan la cara roja, por la desvergüenza de los firmantes.
En estas reuniones a las que hemos asistido, nos han dicho de todo al poner en duda las explicaciones que estábamos escuchando y que no se ceñían a lo pactado. Hemos tenido que escuchar que estábamos escandalizando, aprovechando el momento para hacer sindicalismo, que solo queríamos nuestro tiempo de gloria, que no sabíamos lo que decíamos cuando manifestábamos que íbamos a perder dinero, todo ello teniendo en la mano la sentencia que obliga a las empresas a pagar las comisiones a los trabajadores en periodo vacacional y no a que las vacaciones las paguemos los trabajadores de nuestro bolsillo como va a ser el caso. Todo ello teniendo el texto del convenio en la mano y escuchando lo contrario de lo que se había rubricado en la modificación de las retribuciones de las comisiones, apelando por parte de los responsables de la Dirección a que tenía que salir la normativa de desarrollo, porque el sindicato firmante ni estaba, ni lo esperábamos, cuando uno sabe que ha hecho mal lo primero que hace es esconderse y de esconderse sabe y mucho el pseudosindicato UTO-UGT, pues ya tenemos aquí la normativa de desarrollo, la circular 6/2015 y el contenido de la misma empeora más si cabe, el panorama que nosotros esperábamos, por lo que CSI·F ONCE, ni escandalizaba, ni mentía, ni quería gloria de ninguna clase, nuestro cometido era informar e informar bien. Puesto que los trabajadores tenemos derecho a conocer las modificaciones del convenio, de nuestras retribuciones, a que se cumpla la Ley, y sobre todo a que no nos engañen, que es lo que han pretendido, ENGAÑARNOS.
 Si ya comentábamos que esta modificación nos hacía un 10% más pobres cada mes, ya que no nos van a pagar nuestras comisiones en vacaciones, sino que las vamos a pagar los trabajadores con la retención en nuestras hojas de salario, y vamos a pasar de cobrar nuestras comisiones mensuales a anuales que no es cuestión menor, puesto que la cuenta de resultados de tus retribuciones por comisiones ya no se cerrará por meses como hasta ahora, sino que se cerrará a 31 de diciembre lo que abre el abanico de poder variar de tramo entre un mes y otro, puesto que el cálculo final será anual.
 Han excluido del computo para las vacaciones las comisiones de los sorteos extraordinarios y el de la Cruz Roja, hecho que va en contra de lo estipulado en la sentencia europea, ya que todas las comisiones recibidas por ventas tienen que ser tenidas en cuenta para el pago del cálculo de percepciones por vacaciones.
Desde CSI·F ONCE estamos en contra de sacar estas percepciones del cálculo anual de comisiones, puesto que como hemos manifestado la sentencia de mayo de 2014, no discrimina ningún tipo de comisión, siempre habla de media de comisión que perciba el trabajador en computo anual, por lo que la exclusión de estos productos afectara de forma negativa a las retribuciones por vacaciones que tenga que percibir, en su caso, el personal vendedor.
Ventas anticipadas; Con carácter excepcional, cuando en un mes se imputen ventas y el vendedor no tenga en el mes jornadas efectivas, dichas ventas se acumularán, a efectos del cobro de comisiones, a las ventas reales del mes siguiente o, en su caso, del primer mes posterior en que el vendedor tenga jornadas efectivas. En el caso de que en el año natural el vendedor no tuviera ningún otro mes con jornadas efectivas, dicha venta se acumularía al cálculo anual de comisiones, o en su caso a la liquidación por finiquito, y no se pasaría al año siguiente.
Para la retribución de percepciones por vacaciones, se tendrán en cuenta las jornadas teóricas de trabajo que según el tipo de vendedor tengas asignadas, exceptuando de estas jornadas, las vacaciones, los descansos y los festivos que son obligatorios y no pueden entrar en el cálculo, como ya manifestamos desde CSIF ONCE y en contra de lo que se expresaba en las reuniones, exceptuando a los trabajadores/as que no hayan realizado jornadas superiores a tres meses, que se les realizara el cálculo en relación a los días efectivos de trabajo en los 12 meses anteriores de esos tres meses trabajados. Esta cuestión se la han sacado de la chistera puesto que este supuesto no estaba en la negociación del pdo. 19 de febrero.
La percepción por retribución en concepto de vacaciones también llevara la consiguiente retención del 10% de la cantidad a percibir, como también manifestamos desde CSI·F ONCE y desmintieron algunos. Así como también manifestamos que obviamente seria de juzgado que nos hicieran devolver dinero de lo “anticipado” en vacaciones, QUE NUNCA ES UN PAGO DE MÁS, como nos han hecho creer los firmantes. Y en caso de que la suma de pagos mensuales a cuenta realizados durante el año fuera mayor que la comisión anual no se realizara ninguna liquidación, por lo que como manifestamos, la diferencia entre lo pagado y retenido al trabajador no se le devolverá, por lo que; LA BANCA GANA.
A todo este despropósito de la nueva retribución por comisiones hay que añadir que; como mensualmente y ya está acreditado por la nomina de Abril primera en la que se nos ha realizado el descuento del 10% sobre las comisiones por venta, esto afectará también de forma negativa en las percepciones por baja, ya que como no se recoge esta cantidad en la hoja de salarios,  nuestra base de cotización será menor a la real, y por consiguiente nuestra retribución por día de baja será inferior a lo que nos hubiera correspondido hasta el 31 de marzo de 2015, y será otro descuento camuflado y dinero retenido, como mínimo hasta que en enero de cada año nos realicen la consiguiente regularización de cotizaciones y la cual deberá llevar aparejada una compensación a favor del trabajador por día de baja que haya tenido en el año anterior, si fuese el caso, por lo que se convierte en otra perdida mas de poder adquisitivo, todo ello si se realiza esta compensación, que está por ver que así sea de forma automática, pues de lo contrario los trabajadores que se encuentren de baja en un determinado periodo cada año deberán reclamar estas cantidades de forma personal, lo que constituye otro obstáculo para los trabajadores de la ONCE.  
Para concluir; Desde CSI·F ONCE estamos totalmente en desacuerdo con las nuevas condiciones que regulan las comisiones de venta firmadas el pasado 19 de febrero, por la Dirección de la ONCE y UTO-UGT, ya que estas nuevas condiciones perjudican claramente los intereses de los trabajadores afectados.
Empobrecen a los trabajadores en todos sus términos, ya que no se ajusta al espíritu de la sentencia de beneficiar a las personas afectadas y mejorar sus retribuciones económicas.
La normativa emitida al efecto la Circular 6/2015, Normativa sobre retribuciones de los trabajadores y trabajadoras. Establece condiciones que no están establecidas dentro de lo pactado por la Dirección de la ONCE y el sindicato firmante, lo que constituye una clara vulneración del convenio por parte de la ONCE, puesto que una norma de régimen interno no puede contravenir lo establecido en el convenio colectivo, que es una norma de rango superior.
La retención del 10% de las comisiones por ventas deben estar claramente establecidas en la hoja de salarios y no sacarlas de ella, ya que este hecho perjudicará seriamente a los trabajadores/as que por cualquier incidencia deban permanecer en situación de baja, sea cual sea la contingencia de esta.
Para finalizar, el contenido de la circular nos da la razón a CSI·F ONCE en cuanto a la información que hemos facilitado a los trabajadores/as  y pone muy en cuestión, tanto la información expuesta desde la Dirección de los centros en las reuniones, exceptuando a los Gestores comerciales que han sido los conejillos de india de este experimento, y se han limitado a dar lectura a un panfleto preparado por la ONCE. Y la de UTO-UGT.
Que este nuevo acuerdo es un atentado contra los derechos de los trabajadores/as Vendedores/as.

Y sobre todo que UTO-UGT no ha defendido, ni defiende a nadie, solo plantea y rubrica, lo que le viene ordenado sin importarles absolutamente nada los trabajadores/as a los que supuestamente representan.

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TE DEFENDEREMOS…, SIEMPRE!!!

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