viernes, 14 de octubre de 2011

RESPUESTA DE LA MINISTRA AL SINDICATO CSI·F ONCE

MINISTERIO  DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL
E IGUALDAD

Madrid, 13 de septiembre de 2011


D. Jerónimo Parejo Zambrano
Responsable Nacional de CSIF ONCE

Estimado Señor Parejo:

En nombre de la Ministra, contesto a su escrito del pasado 14 de junio, en el que nos hace partícipes de su preocupación por la regulación contenida en el Reglamento del "Cupón de la ONCE", publicado en el BOE el pasado 24 de mayo, y en particular en lo referente a los artículos 5 y 7 del mismo, que prevén la comercialización de los productos de juego de la ONCE por personas físicas o jurídicas distintas de sus agentes vendedores.

En relación con este asunto, debo decirle, ante todo, que dichas previsiones fueron verificadas por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en su reunión de 15 de abril de 2011, y que la autorización del Gobierno a la ONCE para la utilización de canales de venta complementarios del cupón se hizo con el compromiso firme de la Organización de no afectar de forma global a los vendedores de plantilla, sin que en ningún caso este compromiso genere derechos laborales individuales.

En este sentido, la ONCE garantiza en todo caso el acceso de sus afiliados a la venta del cupón y otros juegos autorizados en los términos expresados en sus Estatutos y en el correspondiente Convenio Colectivo.

Por otro lado, los nuevos canales de venta están condicionados a una serie de compromisos y obligaciones de la ONCE para garantizar los derechos reconocidos a sus trabajadores.

Esta facultad se ha considerado precisa en un contexto de liberalización del mercado del juego, de introducción de nuevas tecnologías para adaptarse a las preferencias de los jugadores y de pérdida del atractivo comercial de los productos de juego tradicionales de la ONCE por el relevante incremento de la competencia, con el fin de dotar a la Organización de instrumentos comerciales adecuados que garanticen su competitividad y precisamente con el objetivo de seguir atendiendo a los fines sociales que desarrolla.

Por eso, esta medida, lejos suponer un posible alejamiento de los fines sociales de la ONCE, persigue un incremento de sus recursos económicos mediante la elevación de las ventas de sus modalidades de juego, con el fin de permitir a la Organización el cumplimiento de los fines que le son inherentes, es decir, la consecución de la autonomía personal y plena integración de las personas ciegas y con deficiencia visual grave, mediante la prestación de servicios sociales.

Por lo que se refiere a la eventual disminución de las retribuciones por la "competencia" con vendedores ajenos a la organización, el XIV Convenio Colectivo de la ONCE y su personal, que fue suscrito con fecha 16 de julio de 2009 en su artículo 50.1, prevé la entrega de una comisión a los agentes vendedores por las ventas realizadas por otros canales: "en aquellos meses en los que las ventas de productos de juego de la ONCE mediante canales de venta diferentes de la red de agentes vendedores sean superiores a cinco millones de euros, la ONCE abonará a los agentes vendedores que cumplan las condiciones fijadas en el apartado 3 una prima por participación en canales complementarios"; por lo que se establecen mecanismos de compensación que intentan evitar cualquier merma en las retribuciones de los agentes vendedores.

Adicionalmente, la ONCE, en su vocación de ofrecer un empleo de calidad, ha reforzado en el referido Convenio colectivo su compromiso de promoción del empleo indefinido de sus agentes vendedores y demás personal empleado. En particular, la Disposición Adicional Tercera del Convenio Colectivo fijó el objetivo de "mantener el nivel de empleo de la organización, haciendo especial hincapié en los trabajadores con discapacidad". Para ello, en su apartado 6, se dispuso que "dentro de su política de fomento del empleo estable, la ONCE concertará al menos trescientos nuevos contratos indefinidos por cada año de vigencia del convenio colectivo", dándose la máxima prioridad a la contratación de personas con discapacidad.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.


PASEO DEL PRADO, 18-20 28071 MADRID TEL.: 91 596 77 04 FAX: 91 596 77 22

martes, 11 de octubre de 2011

CURSOS DE FORMACION Y PRESENTES NAVIDEÑOS

Estimados/as Compañero/as:

Por la presente os comunicamos que se está realizando un curso de formación a distancia para vendedores siendo entregado este por los Gestores Comerciales. Este curso, tiene una compensación de 6 horas de trabajo, las cuales tienen que ser reflejadas a todos los que realicen el curso, por lo tanto los compañeros que ya hayan realizado el curso, así como, los que lo realicen en el futuro debereis pedir la compensación que os corresponda.

En otro orden de cosas, os informamos de conformidad con el Oficio-Circular 51/2011, "Presentes navideños", que este año la entrega de la Cesta de navidad nos la incluiran en las percepciones como retribución en especie, por lo que deberemos tributar por la misma con el consiguiente riesgo que de ello se desprende, ya que, si tus ganancias anuales están cerca del limite de los tramos del IRPF que la Agencia Tributaria tiene establecidos y con el valor de la cesta saltas de tramo, la cesta te puede costar la torta un pan.

Aqui te ponemos los tramos de IRPF de este año.

tabla-irpf
 
y un par de ejemplos de lo que puede ocurrir, si tus percepciones anuales estan en 17.350€ con el valor de la cesta 32.66€, tus ingresos serian de 17.382.66€, por lo que de tributar al 24% pasarias a tributar al 28%, lo que supone que la cesta pasa de 32.66€ a costarte 699€.

Si tus retribuciones en 32350€ con el valor de la cesta 32.66€, tus ingresos serian de 32382.66€, por lo que de tributar al 28€ pasarias a tributar al 37%, lo que supone que la cesta pasa de 32.66€ a costarte 2923€.

Estos ejemplos variaran dependiendo de las circunstancias personales de los trabajadores.