jueves, 24 de febrero de 2022

APROBADA LA SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2022.

 

APROBADA LA SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO  INTERPROFESIONAL PARA EL AÑO 2022. 

Quedando fijado en 1.000€ al mes, y 14.000€ al año

En el día de hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el RD 152/2022 de 22 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2022 dándose así cumplimiento al mandato del Gobierno de fijar anualmente el salario mínimo contenido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Se fija dicho SMI, con efectos retroactivos desde el 01 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras fijas como para aquella eventuales o temporeras, así como para las personas empleadas de hogar. Las nuevas cuantías representan un incremento del 3,63% respecto de las previstas en el anterior Real Decreto que fijaba el SMI para el año 2021. Asimismo, el nuevo Real Decreto incorpora reglas de afectación con el objetivo de evitar que el incremento del SMI provoque distorsiones económicas o consecuencias no queridas en los ámbitos no laborales que utilizan el SMI a sus propios efectos.

El SMI, referido a la jornada legal de trabajo, queda fijado para cualesquiera actividades en agricultura, industria y servicios en 33,33 euros/día o 1.000/euros mes.

En cuanto al cómputo anual, este queda fijado por las siguientes reglas de compensación y absorción:

1. La revisión no afecta a la estructura ni cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuanto los salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores al SMI, sin poder ser inferior la cuantía a 14.000 euros.

2. Las percepciones serán compensables con los ingresos que por todos los  conceptos viniesen percibiendo las personas trabajadoras en cómputo anual y jornada completa.

En relación con las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros, la cuantía del salario profesional no podrá ser inferior a 47,36 euros por jornada legal en la actividad. Asimismo, el salario mínimo acordado para las personas empleadas de hogar será de 7,82 euros por hora efectiva trabajada.

CSIF ve positiva la subida del SMI ya que sin duda redundará en beneficio de las personas trabajadoras más precarizadas. Sin embargo, entendemos que sigue siendo necesaria una revisión de toda la estructura salarial de nuestro país, ligada a un aumento de la producción y a una reestructuración en el modelo económico que potencie las actividades con mayor valor añadido, mitigando así la pérdida de talento que sufre España por la no homologación salarial con nuestro entorno en todos los Grupos Profesionales.

TIENES LA PALABRA

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