lunes, 3 de diciembre de 2018

TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD Y SU PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

CSIF informa sobre la importancia de la gestión específica de la prevención de riesgos laborales de trabajadores con cualquier tipología de discapacidad, en el Día Internacional de las personas con discapacidad, 3 de diciembre 2018. La discapacidad es sólo una característica más de la persona y no algo que la define. El trabajador discapacitado como cualquier otro trabajador, necesita que su puesto de trabajo se adapte a sus características individuales.
La empresa tiene la obligación de adaptar el puesto de trabajo en función de la discapacidad, y correlativamente supone un derecho del trabajador. Garantizar a los trabajadores con discapacidad el acceso a su puesto de trabajo en igualdad de condiciones y con plenas garantías de seguridad y salud.
Con carácter general, el artículo 4.2.d) del Estatuto de los Trabajadores establece como derecho básico de los trabajadores el derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
Por su parte, la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 15.d) establece como principio de la acción preventiva, la adaptación del puesto de trabajo a la persona. Y en su artículo 25, indica que el empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
La evaluación del puesto de trabajo ocupado por personas con discapacidad tiene que hacerse teniéndose en cuenta las interacciones existentes entre las discapacidades y las condiciones de trabajo. Además, se deberían llevar acciones:
• Respecto al centro de trabajo respecto a la accesibilidad, que inciden en las instalaciones, los espacios de trabajo, zonas de paso, mobiliario, iluminación, señalización, etc.
• Acciones formativas
• Acciones en las medidas de emergencia, corresponden al replanteamiento o incorporación de nuevas actuaciones en caso de emergencia en centros donde haya trabajadores con alguna discapacidad.
Dar respuesta a las necesidades específicas de los trabajadores con discapacidad favorece la reducción de la siniestralidad laboral.
Tu delegado de CSIF puede asesorarte respecto a las gestiones correspondientes en tu empresa.
TU SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, NUESTRO OBJETIVO

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